Abogado que nombra el Presidente en cada distrito judicial para promover y defender causas en nombre del gobierno federal.
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Acusar a alguien de un delito. El fiscal promueve la acción penal en nombre del gobierno.
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Conjunto de reglas procesales para gestionar la causa; existen reglas de procedimiento civil y penal, en materia de prueba, de quiebras, y de apelaciones.
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Voz latina que significa “por sí mismo.” En el tribunal, se refiere a las personas que tramitan sus propias causas, sin abogado.
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Fallo judicial asentado en una causa anterior, con hechos y leyes parecidos a los de la controversia actualmente ante el tribunal. En el futuro, el precedente generalmente regirá el fallo de una causa parecida, a menos que las partes puedan demostrar que la causa anterior fue decidida de forma incorrecta, o que había una diferencia importante.
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En las causas, el demandante y el demandado (el peticionante y el demandado) también llamados los apelantes y los apelados en las apelaciones, y sus respectivos abogados.
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(1) En las causas apeladas, el grupo de jueces (generalmente tres) asignado a decidir la causa; (2) En la selección del jurado, el grupo de los potenciales jurados.
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Presentar un documento al tribunal con el fin de que se reexamine sin que se incluya en el archivo o expediente oficial de una causa.
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(1) Proceso mediante el cual se pone en duda algo determinado, por ejemplo, “desacreditar (impeach) el testimonio del testigo.” (2) Proceso constitucional que puede utilizar la Cámara de Representantes para inhabilitar (impeach) (acusar de mala conducta) a altos funcionarios del gobierno federal para que se les enjuicie en el Senado.
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Declaraciones de un testigo quien no vio ni oyó el incidente en cuestión, pero se enteró por un tercero. Por lo general, las pruebas de oídas no se admiten como pruebas en el tribunal.
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Información presentada en forma de testimonio o documentos que se utiliza para persuadir al investigador de los hechos (el juez o el jurado) de que debe fallar a favor de una de las partes en vez de la otra.
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Toda prueba, menos el testimonio de testigos presenciales.
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Llevar al acusado ante un juez para informarle formalmente de los cargos en su contra y exigirle que se declare culpable o no culpable.